viernes, 16 de septiembre de 2016

EL ESCÁNDALO DE LOS AFORADOS

La Constitución prevé que la figura proteja al presidente del Gobierno, ministros, diputados y senadores. Pero la Ley Orgánica del Poder Judicial amplió la categoría a los jueces y fiscales, a los magistrados del Tribunal Constitucional y del de Cuentas, vocales del Consejo General del Poder Judicial, miembros del Consejo de Estado, el Defensor del Pueblo y sus dos adjuntos. Y finalmente llegaron los Estatutos de autonomía para disparar la cifra con la inclusión de los miembros de los Gobiernos y Parlamentos autónomos y sus defensores del pueblo y así burla burlando lo que mal empezó peor acabó. La ampliación llegó ademas a ex Rey y al actual junto con doña Letizia y su hija mayor la Princesa de Asturias. Desde tiempo atrás se venía repitiendo como una muletilla que en España existían 10.000 aforados, pero este país dado a las exageraciones esta vez también lo hacía....pero al revés, ya que Ruiz Gallardón declaró en 2.014  en la presentación de un proyecto al gobierno en el que pensaba bajar la cifra a 22,  que existan en aquel entonces 17.621.
En algunos países evolucionados como EEUU, Gran Bretaña y Alemania, no existe esa figura, no existen los aforados. En Ias Repúblicas de Portugal e Italia solo la figura de los Presidentes de sus gobiernos tienen esa condición. 
Muchas voces autorizadas se han levantado en contra de esa figura por entender que es discriminatoria, y a tal respecto, figuras como la de Javier Tajadura Tejada, profesor de Derecho Constitucional en la Universidad del País Vasco, manifestó en su día que "el problema que plantea la figura del aforamiento reside en el hecho de que la labor de los magistrados de estos altos tribunales [Tribunales Superiores de Justicia o Tribunal Supremo] - cuya composición determinan los partidos políticos mediante su control del Consejo General del Poder Judicial - no es investigar o instruir delitos. Su función es resolver recursos, unificar la doctrina. Resulta sumamente disfuncional atribuirles la instrucción de un sumario. Además, si hay un aforado implicado, el tribunal competente debe hacerse cargo de la totalidad del caso, con lo que pasa a enjuiciar también a personas no aforadas. Esta fuerza expansiva del aforamiento contribuye a retrasar más los procesos. Al mismo tiempo, transmite a los ciudadanos la imagen de que la justicia no es igual para todos, y de que los políticos presuntamente corruptos gozan de un estatuto jurídico “privilegiado” y diferente al de cualquier ciudadano, que puede ser directamente imputado por un juez de instrucción". Pues nada, que siga la fiesta.

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