miércoles, 20 de mayo de 2015

LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA
 
Uno de los requisitos exigidos por el Código Civil para conceder a los emigrantes solicitantes la nacionalidad española, es el de demostrar un grado de integración suficiente en la sociedad y cultura española, tal como lo recoge el artículo 22.4 del Código Civil.
Exigencia lógica a todas luces. Y para comprobar el grado de integración citado, son los funcionarios del Registro Civil los encargados de hacer las preguntas correspondientes, algunas de la cuales (sic) son de este tenor ¿cuales son los componentes de una paella? o ¿quien fue el comandante de la escuadra Invencible? o ¿qué pasó el 11 de setiembre de 1.714? o ¿quien es Pau Gasol? o ¿qué es la Generalitat? o ¿qué personaje televisivo mantuvo una relación con un conocido torero?. El desconocimiento de ese tipo de cuestiones es motivo de rechazo de la petición de la nacionalidad por falta de integración en las citadas sociedad y cultura española. Vivir para ver. A veces dudo de si no somos capaces de hacer Leyes, acotando perfectamente las lógicas aplicaciones de las mismas, definiendo en este caso una serie de preguntas tipo, para así blindarlas ante la fértil imaginación de algunos funcionarios del Registro Civil, impidiendo de esa forma que jueguen con las cosas de comer o si por el contrario hacemos buenismo con este tipo de Leyes vistiendo así el muñeco, dejándolas inacabadas y perfectamente oscuras para dejar al funcionario de turno toda la capacidad de maniobra. Salvando las distancias, asuntos de este tipo me recuerdan al que fue bajo el reinado de Alfonso XII Presidente del Consejo de Ministros, Romanones, al que se le atribuye dirigiéndose a la Cámara de Diputados la frase de "hagan Uds. las Leyes, que ya me encargaré yo de los Reglamentos".

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